LEY DE SECRETOS














Ley de secretos

Pronunciamiento Público

La Alianza por la Paz y la Justicia (APJ), coalición de Organizaciones No Gubernamentales de Desarrollo, Redes de Organizaciones de Sociedad Civil, sindicatos y gremios, iglesias e instituciones académicas, víctimas y familiares de víctimas que realizan auditoría social y veeduría ciudadana al desempeño de las entidades operadoras de seguridad y de justicia en Honduras, ante la aprobación por parte del Congreso Nacional de la República de la LEY DE SECRETOS, ahora denominada LEY PARA LA CLASIFICACIÓN DE DOCUMENTOS PÚBLICOS RELACIONADOS CON LA SEGURIDAD Y DEFENSA NACIONAL, nos pronunciamos en los siguientes términos:



1) En mes de enero del presente año, nos manifestamos públicamente para denunciar la intención del Poder Legislativo de aprobar una Ley de Secretos Oficiales y de Clasificación de la información, que irrespetaba la Constitución de la República, y era contraria a las disposiciones de la Ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública, y Convenios Internacionales suscritos y ratificados por el Estado, en materia de transparencia, lucha contra la corrupción y derechos humanos; esta iniciativa parlamentaria generaba un significativo y reprochable retroceso en detrimento de los avances alcanzados para armonizar la legislación nacional a los estándares internacionales en las materias antes mencionadas.



2) Consideramos oportuna la decisión tomada, en ese momento, por parte del Congreso Nacional, de reconsiderar la aprobación de la LEY DE SECRETOS, y dejarla en suspenso; los congresistas respondieron positivamente a las acciones de incidencia de las organizaciones de sociedad civil, organismos internacionales de protección a la libertad de expresión y redes que defienden el derecho humano de acceder a la información generada desde la institucionalidad estatal.



3) Es digno de cuestionar la manera en que –ahora- el Congreso Nacional dispone jugar con la inteligencia de los hondureños, aprobando la Ley, que en su momento decidieron reconsiderar, ante las presiones y denuncias ciudadanas, maquillándola con un nuevo nombre, si bien es cierto menos amenazador, pero de igual contenido nocivo a los intereses del pueblo hondureño, concediéndole al Consejo Nacional de Defensa y Seguridad, la autoridad de declarar reservada, confidencial, secreta y ultrasecreta, la información y presupuestos generados y administrados por los funcionarios que integran dicho cuerpo colegiado.



4) En esta LEY DE SECRETOS, que bien podría ser denominada una Ley Anti Transparencia y Pro Corrupción, persisten todos los vicios de incompatibilidad e inconstitucionalidad con el marco jurídico nacional e internacional vigente en materia de transparencia, lucha contra la corrupción y derechos humanos; asimismo, trasgrede los Principios de Johannesburgo sobre Seguridad Nacional, Libertad de Expresión y el Acceso a la Información, reconocidos y aprobados por la Comisión de Derechos Humanos de la Organización de las Naciones Unidas (ONU), y la Convención Interamericana Contra la Corrupción de la Organizaciones de Estados Americanos (OEA).



5) La ilegalidad de esta Ley, no se circunscribe a los elementos de fondo contenidos en la normativa jurídica, ya que también hemos identificado algunas irregularidades de forma que se derivan de la transgresión del procedimiento parlamentario en el momento de su aprobación, al no respetar el Reglamento Interno vigente del Congreso Nacional, la Constitución de la República y los estándares internacionales.



6) Si ya en la actualidad, acceder a información estatal relacionada al sector seguridad, justicia y defensa, es un problema, debido a los obstáculos que los funcionarios públicos interponen al accionar de auditoría social e incidencia política de las organizaciones de sociedad civil, con esta LEY DE SECRETOS, la situación empeorará; por ejemplo, las enormes limitaciones que hemos tenido para que los miembros del Comité Técnico del Fideicomiso de la Tasa de Seguridad Ciudadana rindan cuentas sobre uso y destino de más de Lps. 2 mil recaudados, ahora encontrarán un escudo para obviar actuar con transparencia y dejar de ejecutar acciones en la más vil opacidad.



Tomando en consideración lo antes mencionado, la APJ demanda lo siguiente:



1) A las instancias competentes de resguardar el orden constitucional, los derechos humanos y velar por los intereses del pueblo hondureño, pronunciarse de oficio y actuar en consonancia a sus mandatos, sobre los vicios de inconstitucionalidad e ilegalidad que en esta Ley y en su proceso de aprobación prevalecen.



2) A la ciudadanía y demás organizaciones de sociedad civil, sumarse a la exigencia de un buen gobierno, transparente y responsable, el respeto a los derechos humanos y sobre todo al Estado de Derecho.



3) A los y las diputados(as) del Congreso Nacional, hacemos saber que ante la falta de atención a las demandas ciudadanas y la irreflexión de sus actuaciones, recurriremos a las instancias de derecho nacional e internacional necesarias para evitar que leyes inconstitucionales, como esta, sean aplicadas y aprobadas arbitrariamente.



4) A los administradores de recursos del Estado que tienen directa relación con el sector seguridad, justicia y defensa, especialmente a los miembros del Comité Técnico del Fideicomiso de la Tasa de Seguridad Ciudadana, les exigimos una actuación transparente y con rendición de cuentas, a fin de demostrar que los recursos del erario nacional son administrados de forma eficiente y decente; exigimos brindar toda la información posible a las organizaciones de sociedad civil que ejercen el derecho de la veeduría ciudadana, absteniéndose de realizar artificios legales para ocultar datos claves sobre la forma y destino del presupuesto que las instituciones gubernamentales administran.





Dado en el Municipio del Distrito Central (MDC), Departamento de Francisco Morazán, a los 17 días del mes de Marzo de 2014.

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