“CUANDO EXISTE CONFLICTO ENTRE EL
DERECHO NATURAL Y EL DERECHO POSITIVO DE AHÍ
NACE EL DERECHO A RESISTIRSE CONTRA EL ARBITRIO DE LOS GOBERNANTES”,
(santo Tomás de Aquino)
Domingo 06 de noviembre de 2016
Sor María Dominga Urquía, hfic
“Nadie
debe obediencia a un gobierno usurpador ni a quienes asuman funciones o empleos
públicos por la fuerza de las armas o usando medios o procedimientos que
quebranten o desconozcan lo que esta Constitución y las Leyes establecen. Los
actos verificados por tales autoridades son nulos. El pueblo tiene derecho a
recurrir a la insurrección en defensa del orden constitucional.” Constitución
de la República art. 3.
Ante los recientes acontecimientos
acaecidos ayer en la Caravana por la soberanía vial, donde hubo represión
policial y detención provisional a dos defensoras de Derechos Humanos acusadas
de “desobediencia a la autoridad”, nos viene muy bien iluminar esta realidad
con la lúcida afirmación de Santo Tomás de Aquino en su obra Suma
Teológica donde dice que siempre que exista un conflicto entre
derecho natural y derecho positivo de ahí mismo se desprende el derecho de
resistirse al arbitrio de los gobernantes. Por tanto, desde el punto de
vista de la naturaleza humana es completamente correcto oponerse, paralizar,
poner una barrera a las leyes vigentes (derecho positivo) por resultar leyes
injustas es decir, no-derechos, o acciones contra los derechos fundamentales de
la persona humana.
El concesionamiento de las vías
terrestres es un grave problema que enfrentamos los ciudadanos hondureños. Un
gran número de casetas de peaje creadas por la empresa COVI y autorizadas por
el gobierno, están cobrando una cantidad considerable de dinero de lo cual
seguramente saldrán millones en beneficio de empresas colombianas, ecuatorianas
y empresas vinculadas con el Presidente de la República. Estas concesiones
están avaladas por el Decreto Legislativo 204-2012, la Ley de la Inversión Público y Privada.
Estas carreteras que se construyeron con otros fondos ahora se le impone su
cobro a la población.
Estas medidas violentan el derecho
a la libre circulación[1]
(art. 81 Constitución de la República) y la libertad de transitar por
carreteras que son o deberían ser de dominio público. La libre circulación
tiene entre sus fundamentos el derecho humano de: que no se limite, que no se
restrinja, que no se coarte esa libertad. Al parecer entonces la libre circulación
en Honduras tiene un costo, el cual va en aumento en el cobro del peaje lo que
contradice la garantía constitucional de la libre circulación.
Por tanto, podemos decir que el
peaje tal y como está funcionando en Honduras limita nuestros derechos a
obtener otros servicios que también son derechos humanos como el trabajo, la
salud, la educación y otros. Por esta razón es necesario reiterar el compromiso
del pueblo a hacer valer sus derechos y en palabras de Tomas de Aquino
“resistir el arbitrio de los gobernantes”.
Ahora bien, los cristianos nos
encontramos aquí con una gran oportunidad para hacer coherente nuestra
predicación del Evangelio del Reino. ¿En qué consiste ese Reino que los
cristianos queremos instaurar en este mundo?
Pues bien, en las Bienaventuranzas
en Mateo 5, 6 nos recuerda Jesús que son
bienaventurados los que tienen hambre y sed de justicia porque ellos serán
saciados y en la carta a los Romanos, san Pablo nos dice que “El Reino de Dios
no es comida ni bebida, sino justicia, paz y gozo en el Espíritu Santo”, dicho
lo anterior; nos toca hoy ser coherentes con estas palabras de las Sagradas
Escrituras y hablar al pueblo, iluminar su conciencia política y social,
comprometernos directamente con acciones concretas dentro del marco de la ley, de
la moral y la ética cristiana. Necesitamos construir el Reino pero en esta
realidad de hoy. Tenemos la peligrosa tendencia de caer en el superficialismo e
idealismo religioso; proclamando una salvación mesiánica fuera del contexto en
el que los hombres y mujeres sufren los vejámenes de la corrupción y la
opresión de los gobiernos civiles.
Como
decía Benedicto XVI “es importante para los cristianos no aceptar una
injusticia, aunque sea considerada como derecho”. En el Libro de los Hechos de los Apóstoles: “Es
preciso obedecer a Dios antes que a los hombres.” (Hch. 5,29). El Compendio de
la Doctrina social de la Iglesia nos indica con respecto al derecho de objeción
de conciencia que: “El ciudadano no está obligado en conciencia a seguir las
prescripciones de las autoridades civiles si éstas son contrarias a las
exigencias del orden moral, a los derechos fundamentales de las personas o a
las enseñanzas del Evangelio. Las leyes injustas colocan a la persona
moralmente recta ante dramáticos problemas de conciencia: cuando son llamados a
colaborar en acciones moralmente ilícitas, tienen la obligación de negarse.”
(n. 399). Como se puede deducir, desobedecer una ley injusta no es opcional, es
un imperativo moral. O sea, es inmoral obedecerla.
Por
tanto, los cristianos no podemos pasar desapercibidos de los problemas que
aquejan al pueblo en este momento de la historia, denunciando la injusticia y
abogando por la instauración de la misma, de no ser así entonces caería en el
abismo del que no pudieron salir tantos idealismos a lo largo de la historia
los cuales presentaban unos presupuestos para lograr una mejor sociedad pero
nunca llegaron a concretarse y quedaron solo en eso, en historia.
“Cuando
una ley es injusta, lo correcto es desobedecerla”.
Mahatma Gnadhi, gran defensor de
los DDHH
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