Capturada la libertad de Expresión

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Congreso hondureño aprueba cárcel para periodistas que inciten al “terrorismo


La alarma ciudadana se disparó nuevamente en Honduras, aquí donde, se va fortaleciendo una dictadura “moderna”; aclarando, porque retoma todas las instancias democráticas de un Estado de derecho, para estar en contra del mismo pueblo, es decir, que las leyes que se aprueban están cercenando la débil democracia que el golpe de Estado del 2009 afecto de manera directa.
La situación, nuevamente, apunta para los defensores y defensoras de derechos humanos, para los periodistas independientes en su mayoría, que buscan presentar la noticia desde una investigación y acción solidaria con las grandes mayorías empobrecidas, y con las causas de justicia social. Retomamos parte de un escrito de un periódico digital del país:

“El martes 21 de febrero se aprobó aparte de las reformas enviadas por el Ejecutivo al Congreso Nacional, la modificación del artículo 335-B que cita: “Quien públicamente o a través de medios de comunicación o difusión destinados al público hiciere apología, enaltecimiento o justificación del delito de terrorismo o de quienes hayan participado en su ejecución. O incitare a otro u otras a cometer terrorismo o financiamiento de este, será sancionado con pena de cuatro a ocho años de prisión”.

La moción fue presentada por el presidente de la bancada nacionalista Oscar Álvarez y su aprobación tomó de sorpresa a los legisladores de las bancadas de oposición, quienes denunciaron que no colocaron el texto en la pantalla para leerlo e ignoran los resultados de la votación.

La apología del delito es una conducta penada en varios países. Significa la defensa o alabanza de un delito o crimen. Se cuestionan los límites de la ley con relación a la libertad de expresión.

Ese fragmento del artículo no estaba en el dictamen original por lo tanto no fue objeto de opinión de la Corte Suprema de Justicia. El Congreso no debió aprobarlo, “espero que la Corte se pronuncie al respecto”, consideró el sociólogo Miguel Calix.

Lo que procede en el caso del artículo 335-B “tendría que vetarlo el presidente de la República porque no se cumplió el requisito y coloca en grave riesgo a los que votaron a favor de ello, porque están transgrediendo el texto constitucional”, responsabilizó Cálix.

Al quedar tan imprecisa la definición de “terrorismo” genera un tipo penal abierto, lo que crea una potencial violación a los derechos humanos, ya que el que va a aplicar ese artículo será un actor estatal, eso ya coloca al país en una situación muy delicada y hemos tenido problemas sobre el tema”, expuso el analista.

El país está obligado a fortalecer la protección de derechos, en un contexto donde están matando periodistas, hay desafíos, esto es iniciar una discusión “estéril que no abona a la concordia colectiva. Pueden pasar dos cosas, o se abre el gobierno para el debate o la Corte desaprueba este artículo inconstitucional, finalizó” (pasosdeanimalgrande).

Un periodista independiente en su corazón y mente, por tanto en su actuar, que no es parte del aparataje de corrupción que opera desde el poder económico y político en el país; es un defensor y defensora de los DDHH y ambientales que cuidan la vida. Después de la grabadora y la cámara del periodista, lo más valioso es su vida entregada a esa vocación de buscar, investigar y comunicar el hecho desde la causa de la justicia, la solidaridad y la equidad, siempre favoreciendo a los más desprotegidos.“la verdad los hara libres”

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